● El Programa de Fomento al Cine Mexicano (Focine) da continuidad, entre
otros, a los apoyos otorgados anteriormente por los fideicomisos Foprocine y
Fidecine a la producción cinematográfica nacional.
● De acuerdo con el Artículo 7o. de la Ley Federal de Cinematografía, “Para
los efectos de esta Ley se consideran de producción nacional, las películas
que cumplan con los requisitos siguientes: I. Haber sido realizadas por
personas físicas o morales mexicanas; o II. Haberse realizado en el marco
de los acuerdos internacionales o los convenios de coproducción
suscritos por el gobierno mexicano con otros países u organismos
internacionales”.
● Tanto en Foprocine como en Fidecine los beneficiarios eran las personas
físicas y/o morales mexicanas. En el caso del Fidecine, además, los
directores solo podían ser de nacionalidad mexicana.
● Al igual que sucedía en las convocatorias de ambos fideicomisos, en las 12
convocatorias del Focine las personas físicas de otras nacionalidades, con
o sin residencia permanente, pueden participar como directores o realizar
otras actividades como parte de los proyectos de producción, exhibición y
preservación cinematográficas.
● De igual manera, las personas físicas de otras nacionalidades pueden
constituir personas morales mexicanas, esto es empresas productoras
mexicanas, para participar en las convocatorias del programa.