Se exige tipificar como violencia de género ataques con ácido

Gobierno

Margarita García García, legisladora federal petista, ha presentado una iniciativa que ya fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, en dicho documento; García García, plantea conceptuar como violencia de género, toda agresión contra las mujeres que sea cometida con ácido o alguna otra sustancia.

Dentro de su fundamentación, Margarita García hizo resaltar que las agresiones con ácido hacia la mujer no se encuentra propiamente tipificada en el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).

ARTÍCULO 6. Los tipos de violencia contra las mujeres son:

Párrafo reformado DOF 20-01-2009
I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede
consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación,
marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la
autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la
devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;

Fracción reformada DOF 20-01-2009
II. La violencia física.- Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún
tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;
III. La violencia patrimonial.- Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se
manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos
personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus
necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima;
IV. Violencia económica.- Es toda acción u omisión del Agresor que afecta la supervivencia
económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de
sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un
mismo centro laboral;
V. La violencia sexual.- Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la
Víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso
de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto, y
VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad,
integridad o libertad de las mujeres.

 

Al respecto, la diputada federal por el Distrito III de Oaxaca, trajo a la memoria que este tipo de atentados han ido incrementando su frecuencia desde el inicio de la década inmediata anterior, el primer acometimiento de este tipo se llevó a cabo en 2010 conforme a registros fidedignos; y, generan que las víctimas queden desfiguradas, lisiadas; incluso, invidentes. En este sentido, la congresista hizo notar que se considera al ataque con ácido como un arma; toda vez que, constituye un tipo de violencia premeditada; bajo esta tesitura, precisó que son las mujeres jóvenes quienes se ubican en mayor condición de vulnerabilidad.

Así han acontecido los casos según explicó Margarita García García:

  • 2012, 2014, 2015 y 2017: 1 por año.
  • 2018; 5
  • 2019: 3
  • 2020: 1

Encima de todo, conforme a lo dicho por la legisladora, las cirugías reconstructivas a las que son sometidas las víctimas tienen que llevarse a la práctica en distintos tiempos y resultan por demás lastimosas; además, no sólo queda el daño físico grave, a las secuelas estéticas se adjuntan consecuencias funcionales, y los detrimentos económicos y psicológicos también son realmente complejos. A este respecto, añadió que el deterioro ocasionado por dichas agresiones es de los más severos, porque el tipo de heridas generadas producen necrosis.

Al momento, como se indicó al inicio, dicha iniciativa de reforma ya ha sido dirigida a la Comisión correspondiente para ser analizada y dictaminada.

 

Fotografía de MS.

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