Restricciones en horarios y aforo de actividades en Querétaro

Gobierno
  • Farmacias: Abiertas de acuerdo a la licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los rubros enlistados. Respetando los aforos de «Supermercados y Tiendas de conveniencia».
  • Centros comerciales: Cierre a las 20:00 hrs., con un 30% de ocupación, 1 persona por familia.

  • Comercio en general y prestación de servicios: Cierre a las 20:00 hrs., con un 50% de ocupación, 1 persona por familia.
  • Supermercados y tiendas de conveniencia: Cierre a las 22:00 hrs., con un 30% de ocupación, 1 persona por familia.

  • Restaurantes Y/O cafeterías, incluye restaurantes en viñedo: Hasta las 20:00 hrs., de lunes a sábado, con un 50% de ocupación y los lunes permanecerán cerrados al público, únicamente se permite servicio a domicilio.
  • Centros nocturnos, casinos, bares y cantinas: Cierre a las 22:00 hrs., con un 30% de ocupación. deberá observar el horario para la venta de bebidas de alcohólicas.
  • Venta de bebidas alcohólicas: Hasta las 22:00 hrs., de lunes a sábado, los domingos estará suspendida.
  • Industria manufacturera: Observar los «lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas», publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricciones de horario.

  • Hoteles y moteles: 50% de ocupación en habitaciones, 50% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos aforo al 30%, observando lineamientos de eventos masivos. Los centros de consumo deberán observar los mismos aforos y horarios que los «Restaurantes y cafeterías» y «Centros Nocturnos», así como la «Venta de bebidas alcohólicas». Excepto en domingo donde los centros de consumo serán única y exclusivamente para los huéspedes registrados.

  • Centros de entretenimiento (cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales hasta 500 localidades): Ocupación del 25%, apertura máxima hasta las 22:00 hrs.

  • Centros religiosos (iglesias, templos, mezquitas, sinagogas, etc.): 25% de ocupación.

  • Eventos masivos y centros recreativos: Prohibición de eventos masivos y/o sociales (bodas, bautizos, etc.) mayores a 100 personas. Se limitan las reuniones sociales a que se cumpla con la sana distancia de 1.5 metros entre cada asistente, debiendo finalizar a las 22:00 hrs., del día de la celebración. Los conciertos, paquetes de diversiones, balnearios y ferias están suspendidos.

  • Deportes profesionales: Juego a puerta cerrada  sin público.

  • Deporte amateur de contacto (fútbol, basquetbol, etc.): Se suspenden las actividades.
  • Espacios abiertos deportivos y de natación: Ocupación al 50%, previa cita.

  • Gimnasios, centros deportivos, spa y centros de masajes: Ocupación al 50%, previa cita.
  • Peluquerías, estéticas y barberías: Ocupación al 50%, previa cita.

  • Parques, plazas y espacios públicos abiertos: Reducción de aforos al 50%, uso obligatorio de cubrebocas; incluye el transporte público.
  • Tours turísticos al aíre libre a pie por la ciudad: Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubrebocas.
  • Recorridos turísticos en el territorio estatal: Aforo máximo del 50% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubrebocas.
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