Querétaro, Qro. a 17 de junio de 2026 La Coalición Movilidad Segura Querétaro expresa su preocupación ante las recientes declaraciones de la titular de la Comisión Estatal de Infraestructura (CEI), Sonia Carrillo Rosillo, quien afirmó que el puente peatonal construido en la intersección del Anillo Vial Fray Junípero Serra y Pie de la Cuesta cumple con la NOM-004-SEDATU-2023 debido a que sus rampas fueron diseñadas con una pendiente del seis por ciento y un desarrollo cercano a los 300 metros. Si bien reconocemos la importancia de que toda obra pública observe las disposiciones técnicas aplicables, consideramos que la autoridad está realizando una interpretación parcial de la norma y omitiendo los principios fundamentales que ésta establece para garantizar una movilidad segura, accesible y centrada en las personas. La NOM-004-SEDATU-2023 es clara al señalar que antes de considerar la construcción de un paso peatonal a desnivel deben agotarse todas las alternativas posibles, privilegiando el cruce a nivel de calle. La propia norma establece que los pasos peatonales elevados constituyen una medida excepcional y no la solución ordinaria para resolver cruces urbanos.
Asimismo, el numeral 8.1.6 establece una jerarquía de intervención que prioriza: 1. Cruce peatonal a nivel con paso vehicular a desnivel inferior. 2. Cruce peatonal a nivel con paso vehicular a desnivel superior. 3. Cruce peatonal en desnivel inferior con vía vehicular a nivel. 4. Cruce peatonal en desnivel superior con rampas y escaleras. 5. Cruce peatonal en desnivel superior con elevador, rampas y escaleras. Es decir, el puente peatonal elevado es una de las últimas alternativas previstas por la norma y únicamente debe implementarse cuando las soluciones previas hayan sido técnica, social y jurídicamente descartadas.
Por ello, la discusión pública no debe centrarse exclusivamente en si la pendiente es de cinco o seis por ciento, ni en la longitud de las rampas.
La pregunta fundamental es otra: ¿se agotaron realmente las alternativas que la propia NOM obliga a analizar antes de imponer a las personas un cambio de nivel para cruzar una vialidad?
Hasta la fecha no se han hecho públicos estudios que demuestren que fueron evaluadas y descartadas alternativas como cruces seguros a nivel, gestión de velocidades, rediseño geométrico, semaforización peatonal u otras medidas compatibles con la jerarquía de movilidad establecida en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Además, la propia imagen de avance difundida en redes muestra una contradicción evidente. Mientras la distancia física que una persona necesita cruzar en la vialidad ronda apenas unas decenas de metros, la infraestructura obliga a recorrer aproximadamente 300 metros para realizar el mismo trayecto. En otras palabras, se está trasladando a peatones, personas adultas mayores, personas con discapacidad, niñas, niños y personas cuidadoras la carga de resolver un problema que en realidad debería atenderse mediante el diseño seguro de la vialidad.
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que las políticas públicas deben regirse por la jerarquía de movilidad, colocando en primer lugar a las personas peatonas y usuarias más vulnerables. Asimismo, incorpora el enfoque de Sistema Seguro, el cual reconoce que las personas pueden cometer errores y que la infraestructura debe diseñarse para evitar que esos errores se conviertan en lesiones graves o muertes. Los puentes peatonales elevados responden a una lógica opuesta: mantienen intactas las condiciones de velocidad vehicular y trasladan el esfuerzo físico, el tiempo y la incomodidad a quienes caminan.
Por ello, numerosas ciudades en México y el mundo han dejado de promover este tipo de infraestructura como solución principal a los cruces urbanos. La evidencia técnica y la experiencia acumulada durante décadas muestran que muchos puentes peatonales presentan bajos niveles de utilización debido a los recorridos excesivos que imponen.
Cuando una persona debe elegir entre recorrer decenas o cientos de metros adicionales o cruzar directamente la vialidad, con frecuencia opta por el trayecto más corto. Esta realidad ha sido documentada ampliamente y explica por qué numerosos atropellamientos ocurren precisamente en las inmediaciones de puentes peatonales. Resulta igualmente preocupante que la defensa pública de esta obra se limite a señalar el cumplimiento de una pendiente máxima cuando la propia NOM contempla otros requisitos que, al menos con la información pública disponible, generan dudas razonables sobre su cumplimiento integral.
La norma establece que los pasos peatonales a desnivel deben contar con iluminación constante para garantizar la orientación y seguridad de las personas usuarias; señala que las rampas deben incorporar descansos periódicos a cada 20 metros; prevé la coexistencia de rampas y escaleras; y establece expresamente que los puentes peatonales superiores deben estar techados, incluyendo rampas y escaleras. A partir de las imágenes difundidas públicamente sobre una obra con avance superior al noventa por ciento, no resulta evidente la incorporación de varios de estos elementos, por lo que corresponde a la autoridad aclarar públicamente si el proyecto cumple de manera integral con todos los requisitos previstos por la normatividad federal. Cumplir una norma no consiste en seleccionar únicamente el apartado que justifica una decisión previamente tomada. Cumplir una norma implica respetar integralmente sus principios, objetivos, criterios técnicos y el propósito para el cual fue creada.
Respetuosamente, consideramos preocupante que se utilice la NOM-004-SEDATU-2023 para justificar la construcción de este puente a partir de un único criterio relacionado con la pendiente de las rampas, mientras se omiten los principios centrales de la propia norma. La ciudadanía merece autoridades que cumplan integralmente la normatividad, no interpretaciones parciales que terminan convirtiendo una disposición diseñada para proteger a las personas peatonas en un argumento para justificar infraestructura que les impone mayores barreras de desplazamiento.
La discusión pública no debe centrarse en si una norma obligó a construir un puente de 300 metros. Debe centrarse en por qué se decidió llegar a la alternativa que la propia norma considera excepcional, en lugar de privilegiar soluciones a nivel de calle como expresamente establece el marco normativo vigente. Desde la Coalición Movilidad Segura Querétaro hacemos un llamado respetuoso pero firme a la Comisión Estatal de Infraestructura para que las futuras intervenciones en materia de movilidad abandonen definitivamente el paradigma de los puentes antipeatonales y adopten soluciones acordes con la legislación vigente, la evidencia científica y las mejores prácticas internacionales.
Las organizaciones ciudadanas, especialistas, personas académicas y colectivos de movilidad hemos compartido durante años información técnica, propuestas concretas y alternativas viables para construir entornos más seguros. Existe además una preocupación de fondo que ha sido expresada reiteradamente por organizaciones, colectivos y personas usuarias de la vía durante años. Resulta difícil comprender cómo intervenciones sencillas, económicas y altamente efectivas para mejorar la accesibilidad universal, la seguridad peatonal y la movilidad cotidiana suelen enfrentar obstáculos administrativos, presupuestales o de competencia institucional, mientras que obras millonarias que mantienen intacta la lógica de priorizar la circulación vehicular encuentran con rapidez recursos, respaldo institucional y mecanismos para su ejecución. Las personas que diariamente participan en procesos de mejora de la movilidad en Querétaro conocen esta realidad.
Durante años se han solicitado rampas de accesibilidad, adecuaciones peatonales, cruces seguros, dispositivos de reducción de velocidad y otras medidas de bajo costo que podrían salvar vidas y mejorar significativamente la calidad de vida de miles de personas. En numerosos casos, la respuesta institucional ha sido que no existen recursos, atribuciones o condiciones para realizarlas. Por ello resulta inevitable que la ciudadanía cuestione la prioridad otorgada a una obra cuyo costo supera los quince millones de pesos y cuyo principal efecto consiste en obligar a las personas a modificar su recorrido para preservar las condiciones de operación de una vialidad diseñada para altas velocidades. La pregunta que surge es legítima: ¿por qué parece más sencillo invertir millones de pesos para obligar a las personas a subir y bajar un puente que invertir en infraestructura que permita cruzar de manera segura, directa, accesible y digna a nivel de calle?
La movilidad segura exige coherencia entre el discurso institucional y las decisiones de inversión pública. Si realmente se busca colocar a las personas en el centro de las políticas públicas, los recursos deben dirigirse prioritariamente a las intervenciones que beneficien a quienes enfrentan mayores barreras para desplazarse y no a aquellas que perpetúan modelos de infraestructura que la evidencia técnica y la legislación vigente han comenzado a superar. Coincidimos con las numerosas expresiones ciudadanas que han cuestionado esta obra por su costo, por su escasa funcionalidad y por la lógica que la sustenta. Estas críticas no son producto de una oposición irracional al desarrollo de infraestructura, sino de una preocupación legítima respecto al uso de recursos públicos en soluciones que no atienden las causas estructurales de la siniestralidad vial ni garantizan el ejercicio pleno del derecho a la movilidad. Esta no es una discusión sobre una obra aislada. Es una discusión sobre el modelo de ciudad que Querétaro quiere construir. Durante décadas, los puentes peatonales elevados fueron presentados como símbolos de modernidad y soluciones de ingeniería. Hoy sabemos que, en la mayoría de los contextos urbanos, representan una visión que prioriza la velocidad vehicular sobre el derecho de las personas a desplazarse de manera directa, segura y accesible. Continuar invirtiendo recursos públicos en este tipo de infraestructura implica ignorar la evidencia acumulada, los cambios normativos impulsados a nivel nacional y las experiencias de ciudades que han decidido avanzar hacia modelos de movilidad más humanos e incluyentes.
La Coalición Movilidad Segura Querétaro reitera que seguirá participando de manera constructiva en las mesas de seguimiento derivadas de los acuerdos alcanzados durante el reciente Diálogo Ciudadano encabezado por el Gobernador del Estado, en el que participaron diversas organizaciones de la sociedad civil y las instituciones estatales, incluidas agrupaciones integrantes de esta coalición.
Dichos acuerdos buscan fortalecer la movilidad segura, respetar la jerarquía de movilidad, consolidar el enfoque de Sistema Seguro y avanzar hacia el objetivo compartido de reducir al máximo las muertes y lesiones graves ocasionadas por los siniestros de tránsito. Nuestra disposición al diálogo permanece firme. Sin embargo, también permanece firme nuestra convicción de que los puentes peatonales elevados como el construido en Fray Junípero Serra y Pie de la Cuesta representan una solución costosa, ineficiente, contraria a la movilidad sostenible y alejada de los principios que hoy orientan la política pública de movilidad en México.
La ciudadanía no cuestiona la longitud del puente porque desconozca la norma. La ciudadanía cuestiona el puente porque conoce la norma completa y entiende que ésta fue creada para privilegiar a las personas peatonas, no para obligarlas a recorrer cientos de metros adicionales con el fin de preservar la velocidad del tránsito motorizado. La seguridad vial no se construye obligando a las personas a subir puentes. La seguridad vial se construye diseñando calles y vialidades donde cualquier persona pueda desplazarse y cruzar de manera directa, accesible, segura y digna.






