Fuente: gobierno de México
El día de la Bandera mexicana fue establecido el 24 de febrero de 1934. Sin embargo, esta conmemoración nacional fue oficialmente reconocida hasta 1940, por decreto del Presidente Lázaro Cárdenas del Río.
En 1821 Agustín de Iturbide se inspiró en dar garantías a los mexicanos declarando la Independencia de México, es entonces cuando nace nuestra Bandera.
En la declaración del plan de Iguala, Iturbide llevaba la bandera trigarante (verde, blanca y rojo), pero en franjas diagonales. Los colores de la bandera garantizaban algunos derechos: el blanco representaba la religión católica; el verde representaba la independencia de México ante España y el rojo la igualdad y la unión de los mexicanos con los españoles y las castas.
Al finalizar el Imperio de Agustín de Iturbide en 1823, el Congreso Constituyente instauró oficialmente la Bandera Nacional conservando los colores verde, blanco y rojo, pero con algunos cambios: al águila se le quitó la corona imperial y se agregaron los símbolos republicanos de las ramas de laurel y encino.
A mediados del siglo XIX, con la llegada de Benito Juárez a la presidencia del país, se cambió el significado de sus colores , como consecuencia de la separación del estado con la iglesia: Verde: Esperanza; Blanco: Unidad y Rojo: la sangre de los héroes nacionales.
Y es así que el 24 de febrero de 1984 entró en vigencia la nueva Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en la que se establece:
ARTÍCULO 3o.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de
medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja
blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha
franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o
corbata de los mismos colores, al pie de la moharra.
Un modelo de la Bandera Nacional, autenticado por los tres poderes de la Unión, permanecerá
depositado en el Archivo General de la Nación y otro en el Museo Nacional de Historia.
ARTÍCULO 10.- El 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera. En este día se
deberán transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y
significación de la Bandera Nacional. En esta fecha, los poderes de los tres órdenes de gobierno
realizarán jornadas cívicas en conmemoración, veneración y exaltación de la Bandera Nacional.
ARTÍCULO 11.- En las instituciones de las dependencias y entidades civiles de la Administración
Pública Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios se rendirán honores a la Bandera
Nacional en los términos de esta Ley y con carácter obligatorio los días 24 de febrero, 15 y 16 de
septiembre y 20 de noviembre de cada año, independientemente del izamiento del lábaro patrio que
marca el calendario del artículo 18, acto que podra hacerse sin honores.
Las instituciones públicas y agrupaciones legalmente constituidas, podrán rendir honores a la Bandera
Nacional, observándose la solemnidad y el ritual que se describen en esta Ley. En estas ceremonias se
deberá interpretar, además, el Himno Nacional.
El 30 de diciembre de 1880, el presidente Porfirio Díaz decretó que el águila se representara de frete con las alas desplegadas, al estilo francés de aquella época.
Durante la Revolución Mexicana, el presidente Venustiano Carranza, continuando con la idea nacionalista, y el 20 de septiembre de 1916, estableció que el águila se representara de perfil izquierdo, posada sobre un nopal que brota de una roca rodeada de agua y adornada en la parte de abajo con ramas de encino y laurel.