CANIRAC logra suspensión definitiva contra el decreto de reforma del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco

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La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC), ha hecho saber que consiguió la suspensión definitiva contra el decreto de reforma del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el 15 de enero del año en curso.

A través de un comunicado, CANIRAC hizo saber que, el pasado 13 de julio, el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito le concedió la suspensión definitiva del Decreto. Derivado de lo anterior, se suspende la aplicación de la reforma al reglamento para restaurantes que exhiban su afiliación a la cámara y tengan la licencia de funcionamiento vigente que cumpla los requerimientos establecidos por el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la reforma.
En este punto, Germán Florencio González Bernal, presidente de CANIRAC, se remarcó que un fin primordial de la Cámara radica en velar por los intereses de sus afiliados y del sector restaurantero; y, esta suspensión es el resultado del trabajo conjunto llevado a cabo día a día. En este sentido, Germán González, destacó que los argumentos que motivaron a interponer el amparo se basan en que, tanto conforme a la Ley de Cámaras como a sus confederaciones y sus propios estatutos, tiene la facultad de defender, representar y promover intereses del sector restaurantero.

También es para que se permita a sus afiliados la prestación de los servicios para el consumo de alimentos, bebidas y entretenimiento en las zonas habilitadas y exclusivas para fumar, conforme a las disposiciones previas a la entrada en vigor del decreto.

En este contexto, trajo a la memoria que la industria restaurantera ya daba cabal cumplimiento a las normas que resguardan el derecho de protección a la salud de personas no fumadoras, mientras respetaba el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas fumadoras. También consideran que la nueva norma no brinda mayor protección a las personas no fumadoras, y únicamente da lugar a restricciones y prohibiciones en la industria, las cuales, solo limitan el ejercicio de otros derechos humanos, al forzar la discriminación y negación del servicio a clientes.  a discriminar y a negar el servicio a clientes.

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