Al respecto de la muerte de Ariadna Fernanda López Díaz, el Poder Judicial de CDMX hizo saber que las conclusiones obtenidas sobre el trauma múltiple como causa del fallecimiento derivaron de procedimientos sustentados en protocolos internacionalmente aceptados; y, fueron llevados a cabo bajo perspectiva de género.
Por otra parte, la Fiscalía del estado de Morelos había dado conocer por medio de la médico legista y encargada del Servicio Médico Forense (SEMEFO) de la Fiscalía morelense; Yazmín Herrera que, la muerte de Ariadna Fernanda se debió a una broncoaspiración originada por intoxicación etílica. Debido a que se hallaron evidencias en la tráquea que indicaban presencia de alimento y líquido, situación que provocó que la disminución de oxigenación en los órganos y se originara la muerte. Asimismo, remarcó que su labor fue correctamente efectuada y de ninguna manera puede ser denigrado el trabajo que llevaron a cabo quienes tomaron parte en el caso, tampoco resulta factible ejecutar otra necropsia.
El 4 de noviembre a las 11:36 hrs., se recibió la orden por parte de la autoridad ministerial para efectuar la práctica de necropsia al cuerpo de mujer citada reiteradamente, vinculada con la carpeta de investigación CI-FEIDF/D/UI-2S/D/00267/11-2022, procedimiento que se ejecutó en el anfiteatro.
El Poder Judicial de CDMX señaló que el instituto cuenta con las acreditaciones NOM-17020 y 17025, en alcance del procedimiento de necropsia médico legal, por lo que está perfectamente establecida la técnica de dicho procedimiento.
Información de ADN 40
Conforme a las indagatorias el cuerpo de la agraviada fue abandonado en el municipio de Tepoztlán, Morelos, el 31 de octubre del año en curso; y, derivado de su feminicidio han sido realizadas las capturas de Vanessa “N” y Rautel “N”.